El Supremo desestima el recurso del Gobierno de Canarias contra el Plan Técnico Nacional de la TDT
El Gobierno de Canarias alegaba que el Consejo de Ministros había incurrido en varias irregularidades, como las de no dar audiencia a la comunidad autónoma o invadir sus competencias.
El recurso interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el Real Decreto de septiembre de 2014 por el que se aprobó el Plan Técnico de Televisión Nacional Terrestre (TDT) y se regularon los detalles del llamado “dividendo digital”, ha sido desestimado por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS).
El Gobierno de Canarias alegaba que el Consejo de Ministros había incurrido en varias irregularidades, como las de no dar audiencia a la comunidad autónoma, invadir sus competencias o no respetar el trato específico para islas establecido por la Ley de Comunicación Audiovisual, ninguna de las cuales es aceptada por el Tribunal Supremo.
La Sala de lo Contencioso Administrativo ha respondido al Ejecutivo canario afirmando que el órgano que dio su informe favorable a ese plan nacional, la comisión permanente del Consejo Asesor de la Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, contaba con un delegado de la Generalitat valenciana que asumía la representación de todas las comunidades autónomas.
En cuando a la colisión de competencias, el Supremo reitera que corresponde al Estado regular el uso del espacio radioeléctrico. La Sala tampoco admite que se diga que la Ley de Comunicación Audiovisual de 2010 exige en este caso un trato “específico” para Canarias, porque ese mandato era “transitorio” y “llamado a regir durante el proceso de extensión de la cobertura de la TDT”, por lo que “carece de sentido” invocarlo cuando la transición de la televisión analógica a la digital ya se ha completado, con una cobertura en Canarias “equivalente a la del resto de CCAA”.
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