La CNMC multa con 15,5 millones a Telefónica y Digital+ por los derechos del fútbol
A juicio de competencia, DTS ha privilegiado a Telefónica sobre el resto de operadores para la adquisición de Canal+ Liga y Canal+ Liga de Campeones.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar con 15,5 millones de euros a Telefónica y DTS por sus acuerdos y actuación concertada en la adquisición, reventa y explotación de los derechos audiovisuales del fútbol para las temporadas 2012/2013 a 2014/2015. Estos acuerdos suponen una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia así como del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En concreto, las sanciones impuestas se elevan a 10 millones de euros en el caso de Telefónica y 5,5 millones en el caso de DTS. El importe de las multas guarda relación con la dimensión de los mercados afectados y el efecto que se ha producido sobre ellos, la duración y el alcance de la conducta sancionada, así como los beneficios obtenidos. En ambos casos, las sanciones son significativamente inferiores al 1% del volumen de negocio total de estas empresas en 2014.
En agosto de 2012, Telefónica y DTS alcanzaron dos acuerdos para la comercialización de Canal+ Liga de Campeones y de Canal+ Liga. Ambos acuerdos se enmarcan dentro de una actuación concertada global entre DTS y Telefónica, para actuar de forma coordinada en la adquisición, reventa y explotación minorista de derechos audiovisuales del fútbol y privilegiar a Telefónica en relación con el resto de operadores de televisión de pago.
En relación con el Canal+ Liga de Campeones, Telefónica supo antes que el resto de operadores la estrategia de DTS de comercializar los derechos de la Liga de Campeones de manera exclusiva a un operador de telecomunicaciones. Por tanto, Telefónica contó con más tiempo que el resto de potenciales compradores para evaluar la adquisición de unos activos estratégicos muy costosos y planificar su estrategia comercial, así como con información privilegiada para evaluar las condiciones de rentabilidad y de riesgo de los mismos.
Además, DTS diseñó unas condiciones para la subasta de Canal+ Liga de Campeones que favorecieron a Telefónica y limitaron la competencia entre operadores de televisión de pago a la hora de presentar ofertas.
Por lo que respecta a Canal+ Liga, DTS diseñó su oferta mayorista a la medida de Telefónica y, al igual que con la Liga de Campeones, Telefónica conoció con anterioridad la estrategia y los precios de DTS. Todo ello colocó a Telefónica en posición de ventaja competitiva frente a los demás operadores, ya que pudo diseñar una estrategia comercial de explotación y promoción con antelación al inicio de la temporada.
Por tanto, DTS privilegió a Telefónica sobre el resto de operadores de televisión de pago en la adquisición de los derechos audiovisuales del fútbol; lo que, a su vez, habría reforzado de forma indirecta la posición de Telefónica en el ámbito de las telecomunicaciones.
En abril de 2015, Telefónica adquirió el control exclusivo de DTS, mediante la compra del 56% del capital social que aún no controlaba. La CNMC aprobó esta concentración con compromisos, entre los que se encuentra la puesta a disposición de sus competidores del 100% de sus canales Premium, como los de la Liga de Primera División de fútbol o la Liga de Campeones.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
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