La fecha del segundo apagón en TDT… en el aire
En el cuadro nacional de atribución de frecuencias publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se indican las atribuciones a los servicios radioeléctricos y los usos de las distintas bandas de frecuencia en España, se ha eliminado intencionadamente la especificación de fechas.
Aunque el borrador que se publicó en diciembre de 2012 para llevar a cabo la liberalización del dividendo digital preveía el segundo apagón televisivo el 1 de enero de 2014, finalmente el texto publicado este jueves en el BOE elimina esa fecha sin precisar cuándo se producirá.
De esta forma se enmaraña aún más el segundo apagón de la TDT entre el malestar de las privadas, la falta de definición de las públicas y la sentencia del Supremo. Así la mudanza de parte de los canales de la TDT para dejar espacio a tecnologías de cuarta generación móvil tendrá que esperar.
En el cuadro nacional de atribución de frecuencias publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se indican las atribuciones a los servicios radioeléctricos y los usos de las distintas bandas de frecuencia en España se ha eliminado intencionadamente la especificación de fechas.
El texto simplemente hace referencia a que la banda prevista de frecuencias 470 a 862 MHz se utilizará para la prestación de los servicios de televisión terrestre con tecnología digital hasta la fecha que se establezca para el cese de las emisiones de TDT en la subbanda de frecuencias de 790 a 862 MHz (frecuencias que se destinarán a comunicaciones móviles). A partir de dicha fecha, no definida, se liberaría el denominado dividendo digital.
el cuadro de asignación aprobado cumple con los mandatos comunitarios de transposición de disposiciones comunitarias en materia de espectro al ordenamiento jurídico español, como son por ejemplo las referentes a comunicaciones móviles a bordo de buques o aeronaves.
Asimismo, se han incorporado al ordenamiento jurídico español determinadas disposiciones comunitarias que flexibilizan el uso del espectro destinado a comunicaciones móviles en algunas banda, así como disposiciones comunitarias que habilitan a la neutralidad tecnológica de determinadas frecuencias que hasta ahora se destinaban a una tecnología en concreto.
Por otra parte, el nuevo cuadro incorporan la Resolución 417 (CMR ITU 12) como norma aeronáutica internacional reconocida a la que deberá someterse la banda de frecuencias 960-1164 MHz destinada a servicios aeronáuticos.
El ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, manifestó el pasado mes de febrero que se cumpliría “con alta probabilidad” con los plazos comprometidos con las operadoras para liberar parte del espectro con los broadcasters ocupan ahora, pero la realidad es que el proceso queda una vez más en el aire.
Acceso al BOE del 09/05/13 con la Orden IET/787/2013 por la que se aprueba el cuadro nacional de atribución de frecuencias.
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