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https://www.panoramaaudiovisual.com/en/2025/03/26/espana-adopta-el-estandar-dvb-t2-con-uhd-en-su-nuevo-plan-tecnico-nacional-de-la-television-digital-terrestre/

DVB-T2

El Consejo de ministros ha aprobado este martes el nuevo Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT) en el que se establece un marco jurídico y técnico para introducir en el servicio de la TDT de cualquier ámbito territorial el estándar DVB-T2 que permitirá generalizar las emisiones con calidad de ultra alta definición (UHD).

Después de la incorporación del estándar de alta definición, que terminó en febrero de 2024, este Plan Nacional de la TDT impulsa una nueva evolución tecnológica que permitirá a la ciudadanía disfrutar de emisiones con la mejor calidad y a los prestadores de TDT competir tecnológicamente con otras plataformas o servicios audiovisuales que utilizan otras redes de transmisión, como el satélite o la televisión por internet.

En la mayoría de los Estados Miembros de la Unión Europea ya se están llevando a cabo emisiones de televisión digital terrestre con DVB-T2, de manera que España, una vez completado el cese de las emisiones de televisión digital terrestre en definición estándar (SD), y que desde el 14 de febrero de 2024 todas las emisiones de televisión digital terrestre son en alta definición (HD), adoptará medidas para continuar avanzando en la incorporación de los nuevos estándares.

En lo que se refiere a los actuales canales de TDT, el nuevo Plan Técnico Nacional de la TDT mantiene las mismas redes de televisión digital terrestre (múltiples digitales) y las desconexiones territoriales que existían en el Plan técnico anterior, por lo que no se pierde ninguno de los canales de TDT que existen en la actualidad.

En esta evolución será necesario disponer inicialmente de un múltiple digital que evolucione a la tecnología de transmisión DVB-T2, en el que se emitirán canales de TV con resolución UHD en emisiones simultáneas. Se ha identificado que el múltiple RGE2, que incluye en la actualidad un canal de TV en UHD, como el más adecuado para evolucionar a la tecnología de transmisión DVB-T2 desde la primera fase de la ejecución del Plan, con el objetivo de favorecer la implantación de esta tecnología, y en particular la adaptación del parque de receptores de TV para poder recibir esta nueva tecnología.

El proceso fijado para implantar esta evolución tecnológica implica la redistribución en la organización de los canales de televisión de ámbito estatal entre los diferentes múltiples digitales, lo que hace que quede libre una parte de la capacidad de uno de los múltiples digitales para un nuevo canal de ámbito estatal, cuya licencia saldrá a concurso próximamente, por lo que se ampliará la oferta de canales de TDT.

Mando a distanciaUso de frecuencias

El servicio de televisión digital terrestre se prestará en la banda de frecuencias de 470 a 694 MHz (canales radioeléctricos 21 a 48) y, de acuerdo con el objetivo señalado con anterioridad, se establece en esta norma que en dicha banda de frecuencias se dispondrá de las mismas redes de televisión digital terrestre (múltiples digitales) y las desconexiones territoriales que existían en el Plan técnico anterior al que se aprueba mediante este real decreto. Asimismo, en este nuevo Plan técnico se mantendrá la oferta de canales de televisión digital terrestre existentes en la actualidad.

Con esta medida se garantiza la continuidad de todas las licencias del servicio de comunicación audiovisual televisiva por ondas hertzianas terrestres existentes en la actualidad y las desconexiones territoriales de las televisiones públicas, y se reserva la capacidad necesaria para garantizar que todas las emisiones de la TDT podrán evolucionar a emisiones con resolución UHD. El servicio de televisión digital terrestre se prestará mediante ocho múltiples digitales para las emisiones de cobertura estatal y autonómica, cuya planificación de canales radioeléctricos se recoge en el plan técnico ahora ha aprobado el real decreto.

Los ocho múltiples digitales (RGE1, RGE2, MPE1, MPE2, MPE3, MPE4, MPE5 y MAUT) previstos en el plan técnico que se aprueba mediante este real decreto, son los mismos que ya estaban en servicio con el Plan técnico anterior, y se realizan los ajustes necesarios para conseguir los objetivos anteriormente indicados.

En el caso de la Corporación Radio y Televisión Española, se reserva para la explotación por el servicio público de cobertura nacional, la capacidad del múltiple digital RGE1 y la mitad de la capacidad del múltiple digital RGE2. Se reserva asimismo el múltiple digital de cobertura autonómica MAUT a cada una de las comunidades autónomas en su correspondiente ámbito territorial.

En cuanto a los broadcasters privados de ámbito nacional utilizarán la capacidad de transmisión de los múltiples digitales de cobertura estatal que resulta necesaria para explotar los canales de televisión a que les habilitan sus licencias, en concreto, accederán a la capacidad de transmisión de los múltiples digitales MPE1, MPE2, MPE3, MPE4 y MPE5, y a la mitad de la capacidad del múltiple digital RGE2.

DVB-T2

Un plan en dos fases

El proceso se hará en dos fases. En la primera fase, el objetivo es favorecer la implantación de la tecnología y que los ciudadanos empiecen a recibir de manera regular canales de TDT de ámbito estatal con calidad UHD. Estos canales UHD emitirán contenidos simultáneos que ya se emiten en otros canales, por lo que los ciudadanos no dejarán de recibir ningún canal o contenido. Asimismo, en esta fase inicial se llevará a cabo la adaptación del parque de receptores de TV para recibir tecnología de transmisión DVB-T2 y emisiones en calidad UHD.

Cuando el parque de receptores de televisión digital terrestre esté suficientemente adaptado, se iniciará la fase 2, que implicará la implantación global de la tecnología DVB-T2 y la calidad UHD en todos los servicios TDT, tanto de ámbito estatal, autonómico y local.

Parque de receptores DVB-T2

Para garantizar esta adaptación paulatina del parque de receptores, el nuevo Plan Nacional fija fechas pretende evitar que los ciudadanos puedan adquirir equipos que no estén adaptados a los nuevos requerimientos técnicos. Los fabricantes de aparatos receptores de televisión digital terrestre deberán indicar e informar al usuario clara y detalladamente sobre las capacidades de cada aparato receptor puesto en el mercado, incluyendo, en particular, las especificaciones relativas a la recepción de la televisión digital terrestre, por un lado, la alta definición con el DVB-T y el H.264/AVC, y por otro lado, la ultra alta definición con el DVB-T2, y el H.265/HEVC, así como la versión de HbbTV y otras funcionalidades adicionales.

Todos los aparatos receptores de televisión digital terrestre, que se pongan en el mercado español desde la fecha de entrada en vigor del real decreto, además de estar preparados para sintonizar las emisiones de televisión digital terrestre, deberán incorporar el sintonizador para las emisiones en alta definición bajo las normas EN 300 744 (DVB-T) y EN 302 755 (DVB-T2). En cuanto a servicios interactivos, los aparatos receptores de televisión digital terrestre dotados de una pantalla con una diagonal visible igual o superior a 61 centímetros (24 pulgadas), que se pongan en el mercado español transcurrido el plazo de doce meses desde la entrada en vigor del real decreto, deberán disponer de conexión de banda ancha y ser compatibles con la norma europea [ETSI TS 102 796] v1.5.1 (o posterior) Hybrid Broadcast Broadband TV – HbbTV, implementando la especificación HbbTV 2.0.2 o posterior.

Acceso al BOE con el nuevo Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (TDT).

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Por • 26 Mar, 2025
• Sección: Negocios, TDT, Televisión
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