La CNMC pone trabas a la venta centralizada de la Liga de Fútbol
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha aprobado un informe acerca del borrador de bases para la licitación por parte de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) de los derechos audiovisuales de la Liga de Primera y Segunda División y de la Copa del Rey de fútbol para las temporadas 2016/2017 a 2018/2019.
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha aprobado un informe acerca del borrador de bases para la licitación por parte de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) de los derechos audiovisuales de la Liga de Primera y Segunda División y de la Copa del Rey de fútbol para las temporadas 2016/2017 a 2018/2019.
En su informe, la CNMC emite una serie de objeciones al borrador de bases de la licitación. A su juicio, la LNFP tiene que reservar a la televisión en abierto todas las semifinales de la Copa del Rey, concretar cómo se fijan los horarios para los partidos individuales y cómo se resuelven los posibles conflictos con los adjudicatarios en relación con esta cuestión y clarificar cómo se asignan los partidos de Segunda División a televisión en abierto y televisión de pago.
Por otro lado, entiende que la LNFP debe abrir efectivamente la potencial contratación del lote 4 (un partido Real Madrid o Barcelona por jornada de Primera División) a operadores de televisión en abierto.
La CNMC critica la imposición de la contratación total o parcial (para la reventa) de los canales editados por la Liga para la Primera División, Segunda División y clientes no residenciales. Sólo se admitiría si estos canales se comercializasen de forma no exclusiva.
Este borrador exige ya desde la licitación la adquisición de los partidos mediante canales propios de emisión (Canal Liga TV y Canal Liga TV2) con producción propia de la Liga o de la productora que determine.
Además, propone que reduzca las obligaciones de información impuestas a los adjudicatarios sobre audiencias y abonados, al ser desproporcionadas e incluir en la licitación los derechos audiovisuales reservados a la Liga que no se comercializan inicialmente, relacionados con los resúmenes no exclusivos en televisión en abierto.
LNFP debe eliminar los precios de reserva individuales y los sistemas de adjudicación subsidiaria. Sólo si no se alcanza el precio global de reserva, se podría convocar una nueva licitación, manteniendo o modificando las bases de la licitación inicial.
Recepción de ofertas
En cuanto al procedimiento formal de recepción de ofertas, la LNFP debería, según el criterio de la Comisión, modificarlo en lo que respecta a la exigencia de sobres separados para oferta técnica y económica o la apertura ofertas económicas sólo cuando se hace pública valoración ofertas técnicas. Además, debería concretar y especificar los criterios de admisibilidad y de valoración técnicos. Sería preferible que LNFP utilizase sólo criterios de valoración económica de cara a la adjudicación de los lotes de la licitación, recomienda la CNMC.
En abril de 2015, se instauró un sistema de venta conjunta de los derechos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional nacionales, con un sistema de reparto de los ingresos para los equipos en función de los resultados deportivos y de la implantación social.
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